30 de marzo 2019. Distribución y recepción de la Sagrada
Comunión. Monseñor. Luis Fernando Rodríguez Velásquez - Desde hace algunos días
ha venido circulando por las redes sociales, en especial por WhatsApp, un
escrito que puede generar confusión en los fieles, respecto a la recepción de
la comunión de manos de los laicos y la recepción de la comunión en las manos.
En cuanto a los ministros de la comunión, con una tradición
prácticamente centenaria, existen los ministros ordinarios y extraordinarios de
la comunión. A este respecto, San Pablo
VI, en la Carta Apostólica en forma de
Motu proprio Ministeria quaedam, del 1 de enero de 1973, reforma las ordenes
menores, y afirma:
“El Acólito queda
instituido para ayudar al diácono y prestar su servicio al sacerdote. Es
propio de él cuidar el servicio del altar, asistir al diácono y al sacerdote en
las funciones litúrgicas, principalmente en la celebración de la Misa; además
distribuir, como ministro extraordinario, la Sagrada Comunión cuando faltan los
ministros o están imposibilitados por enfermedad, avanzada edad o ministerio
pastoral, o también cuando el número de fieles que se acerca a la Sagrada Mesa
es tan elevado que se alargaría demasiado la Misa. En las mismas circunstancias
especiales se le podrá encargar que exponga públicamente a la adoración de los
fieles el Sacramento de la Sagrada Eucaristía y hacer después la reserva; pero no que bendiga al pueblo”.
Aplicando las orientaciones de la Santa Sede, la Conferencia
Episcopal Colombiana en la Asamblea del mes de febrero de 2004, promulgó la
instrucción pastoral sobre la Eucaristía, en la que dispone lo siguiente:
“n. 17. En Colombia
los fieles recibirán la Sagrada Comunión de pie, acercándose procesionalmente al sacerdote o al ministro de la
comunión. n. 18. Se puede recibir la Comunión en la mano en todo el territorio
nacional”.
Por otra parte, en la Asamblea de febrero de 2015, los
Obispos promulgan la Legislación Canónica, Normas complementarias para
Colombia, en la que en el art. 1 define la edad y las cualidades de los
aspirantes a los ministerios de lector y acólito, dispuestos por el canon 230
del Código de Derecho Canónico.
Sin quitar mérito a quienes distribuyen la Sagrada Comunión
o a quienes la reciben en la mano, lo más importante es a quien se recibe.
Muchos se fijan más en el ministro que en quien es el Salvador y Redentor. En
la teología católica, respecto de la liturgia y el ministro de la misma, se
habla del ex opere operantis y el ex opere operato. Es decir, la acción de Dios se realiza siempre en
cada celebración litúrgica en favor de sus fieles en virtud de la misión
mediadora que posee la Iglesia, ante Cristo que es su cabeza (ex opere
operantis) y lo hace incluso a pesar del ministro (ex opere operato).
Nadie está obligado a
recibir la comunión en las manos, nadie está obligado a recibir la comunión de
rodillas, a nadie se le puede obligar a recibir la comunión en la boca
(salvo que haya riesgo de irrespeto o no exista la disposición de aseo o decoro
que atenten a la dignidad del sacramento), a
nadie se le puede prohibir recibir la comunión de rodillas. Estas son las
disposiciones de la Iglesia. Por tanto, no se trata de criticar sino de acoger
con respeto las diversas formas dispuestas para la distribución y recepción de
la Sagrada Comunión. Así las cosas, invitamos cordialmente a todos los fieles a
acoger las disposiciones litúrgicas de la Iglesia, pensadas todas en favor de
los fieles, y para la mayor gloria de Dios. +Luis Fernando Rodríguez Velásquez.Obispo
Auxiliar de Cali. (Colombia) Fuente: Conferencia Episcopal de Colombia.