5 de julio 2019. Monseñor, Francisco Pérez González.
Arzobispo de Pamplona y Obispo de Tudela. La experiencia de la Iglesia es
multisecular. Y tiene una razón fundamental y es la de buscar en todo momento complacer más a Dios que a los hombres.
“Esto dice el Señor: Maldito el hombre que confía en el hombre y pone en la
carne su apoyo, mientras su corazón se aparta del Señor” (Jeremías 17, 5). Hay
un sentimiento social en el que, muchas veces, parece ser que se quiere someter
todo al juicio humano como si no hubiera un juicio divino. Y es aquí donde
podemos decir se desarrolla esta carta, para afirmar que hay un secreto -y es el del sacramento de la confesión- que no
puede ser violado. “Dada la delicadeza y la grandeza de este ministerio y el
respeto debido a las personas, la Iglesia declara que todo sacerdote que oye confesiones está obligado a guardar un secreto
absoluto sobre los pecados que sus penitentes le han confesado, bajo penas
muy severas” (Código de Derecho Canónico, can. 1388,1; Código Canónico de las
Iglesias Orientales, can.1456).
Tampoco puede hacer uso de los conocimientos
que la confesión le da sobre la vida de los penitentes. “Este secreto, que no
admite excepción, se llama sigilo
sacramental, porque lo que el penitente ha manifestado al sacerdote queda
sellado por el sacramento” (Catecismo de la Iglesia Católica, nº 1467). Tiene
su razón, puesto que si hay una confidencia, hay un sigilo por derecho natural,
en virtud del cuasi contrato establecido entre el penitente y el confesor. Por
derecho divino, en el juicio de la confesión, establecido por Jesucristo, el penitente es el reo, acusador y único
testigo; lo cual supone implícitamente la obligación estricta de guardar
secreto. Obliga incluso el sigilo en el caso de que el sacerdote no haya dado
la absolución de los pecados o la confesión resulte inválida.
El derecho eclesiástico insta a que el “sigilo sacramental es inviolable; por lo cual está terminantemente
prohibido al confesor descubrir al penitente, de palabra o de cualquier otro
modo, y por ningún motivo” (Código de Derecho Canónico, can. 983). Si un sacerdote viola este secreto de confesión
es automáticamente excomulgado (Código de Derecho Canónico, can.1388). Por
ejemplo, ante un penitente que confiesa un crimen, ¿qué debe hacer el confesor?
El sacerdote debe ayudar al penitente a una verdadera contrición, la cual
incluye arrepentimiento, a reparar en lo posible -comunicar a las instancias
judiciales- y propósito de la enmienda. Pero si el penitente no sigue sus
consejos, el confesor debe guardar sigilo de confesión.
Tenemos ejemplos en la historia, como San Juan Nepomuceno, primer mártir que prefirió morir antes que revelar
el secreto de la confesión. O el Beato Fernando Olmedo Reguera, que nació
en Santiago de Compostela el 10 de enero del año 1873; era de la Orden
Capuchina de los Frailes Menores. Optó por morir antes que romper el secreto de
la confesión. Fue fusilado, en una fortaleza del siglo XIX fuera de Madrid, por
un tribunal popular el 12 de agosto del año 1936. Sus restos están sepultados
en la cripta de la Iglesia de Jesús de Medinaceli en Madrid. Fue beatificado en
Tarragona el 13 de octubre del año 2013.
Aún recuerdo, en mis primeros años de formación en el
Seminario Menor de Burgos, que, con motivo de la Jornada Mundial de las
Misiones, vino a darnos su testimonio un sacerdote misionero que, por no
desvelar el secreto de la confesión, se había amputado la lengua. Con el
tiempo, a través de la logopedia, logró hablar. ¡Era algo que impresionaba! Me
sentí impresionado de la valentía que tal misionero había demostrado. No permitió vender su alma por muchos
halagos y ofertas económicas que le ofrecían si desvelaba el secreto.
Prefirió guardar silencio sin pronunciar palabra y para ello utilizó su propia
lengua. Quiso ser fiel a Jesucristo y su Iglesia antes que a las autoridades
judiciales; ellas no tienen derecho a
exigir que un sacerdote viole el sigilo de la confesión. Y aunque le amenacen,
el sacerdote no puede quebrantar el sigilo de la confesión bajo ningún pretexto.
Fuente: religión en libertad org. Publicado
en Iglesia Navarra.