7 de enero 2019. ¿Qué sanción puede recibir un falso
sacerdote?. En diversas partes del mundo
se han presentado casos de laicos que se hacen pasar por sacerdotes. ¿Qué
sanción reciben de parte de la Iglesia y qué pasa con los supuestos sacramentos
que “celebraron”? En diálogo con ACI Prensa, el P. Hugo Valdemar, canónigo
penitenciario de la Arquidiócesis Primada de México, advirtió que “si un laico
usurpa funciones de un sacerdote, como celebrar la Misa o confesar, queda
excomulgado automáticamente (latae sententiae)”.
“Como toda usurpación de una
profesión, hacerse pasar por un sacerdote es un fraude, un engaño doloso que
afecta a las personas que son engañadas o estafadas. Si bien el ministerio
sacerdotal no es una profesión, el hacerse pasar como un sacerdote es un fraude
pero aún es peor porque hay consecuencias espirituales”.
El P. Valdemar precisó que “todos los fieles laicos
bautizados tienen el sacerdocio común de los fieles, por lo que, por ejemplo,
en caso de peligro de muerte pueden bautizar a un niño. Además, en ciertas
circunstancias, y si tienen la delegación, incluso podrían presidir un
matrimonio, ya que en ese caso los ministros del mismo son los novios, o
celebrar la liturgia (no la Misa) de un funeral”.
Sin embargo, explicó,
un “matrimonio” celebrado por un falso sacerdote “en absoluto no es válido”. Fingir
ser un sacerdote “es una usurpación gravísima que atenta contra la validez misma de los sacramentos, ya que al no ser
lícitos son una estafa a los fieles, una falsificación de los mismos que va
contra la buena fe de las personas que son engañadas”. El sacerdote mexicano explicó además que “la excomunión es la pena
espiritual más grave que existe en la Iglesia, es apartar del Cuerpo místico de
Cristo que es la Iglesia al que ha delinquido, por lo que no tiene acceso a los
sacramentos y pone en grave riesgo la salvación de su alma”.
En el caso de los sacramentos celebrados por un falso
sacerdote, el P. Valdemar señaló que “el bautismo podría ser válido si se
realizó de manera correcta usando la materia y forma adecuada, pero es preciso
analizar el caso. Sin embargo, la celebración de la Santa Misa, la Confirmación
y absolución dadas por un falso sacerdote u obispo son ilícitas e inválidas”. ¿Cómo
prevenir caer en el engaño de falsos sacerdotes? El canónigo penitenciario de
la Arquidiócesis Primada de México señaló que en la actualidad “se emiten
credenciales con sellos de seguridad para evitar falsificaciones, y cada diócesis tiene sus normas para renovar
las licencias sacerdotales”. “Pero aun así no es tan difícil falsificar las
credenciales o documentos. A veces, las mismas diócesis son engañadas, como en
el clamoroso caso que acabamos de conocer de España, donde un falso sacerdote
colombiano engañó a la diócesis y a los fieles ni más ni menos que por 20
años”, lamentó. Fuente: Aciprensa. David Ramos.
OTROS COMENTARIOS ANEJOS
AL CASO.
Censuras Latae Sententiae
en el Código de Derecho Canónico.
Profanación de la
Eucaristía: excomunión latae sententiae reservada a la Santa Sede: canon
1367 (puede consultar: El delito de sacrilegio contra las especies sagradas)
Quien
arroja por tierra las especies consagradas, o las lleva o retiene con una
finalidad sacrílega, incurre en excomunión latae sententiae reservada a la Sede
Apostólica; el clérigo puede ser castigado además con otra pena, sin excluir la
expulsión del estado clerical.
Violencia física
contra el Romano Pontífice: excomunión latae sententiae reservada a la
Santa Sede: canon 1370
Quien
atenta físicamente contra el Romano Pontífice, incurre en excomunión latae
sententiae reservada a la Sede Apostólica; si se trata de un clérigo, puede
añadirse otra pena, atendiendo a la gravedad del delito, sin excluir la
expulsión del estado clerical.
Ordenación de un
obispo sin mandato apostólico: excomunión latae sententiae reservada a la
Santa Sede: canon 1382
El Obispo
que confiere a alguien la consagración episcopal sin mandato pontificio, así
como el que recibe de él la consagración, incurre en excomunión latae
sententiae reservada a la Sede Apostólica.
Atentado de
ordenación sacerdotal de una mujer: excomunión latae sententiae reservada a
la Santa Sede: decreto general de 19 de diciembre de 2007.
Violación del sigilo
sacramental: excomunión latae sententiae reservada a la Santa Sede: canon
1388
El confesor
que viola directamente el sigilo sacramental, incurre en excomunión latae
sententiae reservada a la Sede Apostólica; quien lo viola sólo indirectamente,
ha de ser castigado en proporción con la gravedad del delito.
Absolución del
cómplice en pecado torpe: excomunión latae sententiae reservada a la Santa
Sede: canon 1378
El
sacerdote que obra contra lo prescrito en el ⇒c. 977, incurre en excomunión latae sententiae
reservada a la Sede Apostólica.
977: Fuera de peligro de muerte, es inválida la absolución del cómplice en un
pecado contra el sexto mandamiento del Decálogo.
Apostasía, herejía,
cisma: excomunión latae sententiae: canon 1364 (puede consultar: El cisma,
la herejía y la apostasía en el derecho canónico)
El apóstata
de la fe, el hereje o el cismático incurren en excomunión latae sententiae,
quedando firme lo prescrito en el ⇒c. 194 § 1, 2; el clérigo puede ser castigado además con las penas
enumeradas en el ⇒c. 1336 §
1, 1 , 2 y 3.
Aborto:
excomunión latae sententiae: canon 1398 (puede consultar: El delito de aborto
en el derecho penal canónico)
Quien
procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae
Captación o
divulgación, por medios técnicos, de lo que se dice en confesión:
excomunión latae sententiae: Decreto para tutelar la dignidad del sacramento de
la penitencia de 1988
Violencia física a un
obispo: entredicho latae sententiae, y suspensión latae sententiae si es
clérigo: canon 1370,2
Quien hace
lo mismo contra quien tiene el carácter episcopal, incurre en entredicho latae
sententiae, y, si es clérigo, también en suspensión latae sententiae
Atentado de celebrar
Misa: entredicho latae sententiae, o entredicho latae sententiae y
suspensión latae sententiae si es clérigo: canon 1378. 2
Incurre en
pena latae sententiae de entredicho o, si se trata de un clérigo, de suspensión:
Atentado de absolver
u oír en confesión, quien no puede hacerlo válidamente: entredicho latae
sententiae, o suspensión latae sententiae si es clérigo: canon 1378.2,b
Quien,
fuera del caso de que se trata en el § 1, no pudiendo administrar válidamente
la absolución sacramental, trata de darla, u oye una confesión sacramental.
Falsa denuncia de
solicitación: entredicho latae sententiae y suspensión latae sententiae si
es clérigo: canon 1390 (puede consultar: el crimen sollicitationis o delito de
solicitación en la Iglesia Católica)
Quien
denuncia falsamente ante un Superior eclesiástico a un confesor, por el delito
de que se trata en el ⇒c. 1387, incurre en entredicho latae sententiae; y, si
es clérigo, también en suspensión 1387
El sacerdote que, durante la confesión, o con ocasión o pretexto de la
misma, solicita al penitente a un pecado contra el sexto mandamiento del
Decálogo, debe ser castigado, según la gravedad del delito, con suspensión,
prohibiciones o privaciones; y, en los casos más graves, debe ser expulsado del
estado clerical.
Religioso con votos
perpetuos, no clérigo, que atenta matrimonio: entredicho latae sententiae:
canon 1394,4
Quedando en
pie lo que prescribe el ⇒c. 194 § 1, 3, el clérigo que atenta matrimonio, aunque sea sólo
civilmente, incurre en suspensión latae sententiae; y si, después de haber sido
amonestado, no cambia su conducta y continúa dando escándalo, puede ser
castigado gradualmente con privaciones o también con la expulsión del estado clerical.
Clérigo que atenta matrimonio: suspensión latae sententiae:
canon 1394,1 (puede consultar: El delito de atentado de matrimonio por un
clérigo)
Quedando en
pie lo que prescribe el ⇒c. 194 § 1, 3, el clérigo que atenta matrimonio, aunque sea sólo
civilmente, incurre en suspensión latae sententiae; y si, después de haber sido
amonestado, no cambia su conducta y continúa dando escándalo, puede ser
castigado gradualmente con privaciones o también con la expulsión del estado clerical.