25 de enero 2024. “La misericordia no quita la justicia”. Discurso del Papa Francisco, inauguración del 95 año judicial del tribunal de la Rota Romana. Sala Clementina. ¡Estimados Prelados Auditores! Me alegra recibiros, como cada año, junto a cuantos trabajan en este Tribunal Apostólico. Agradezco al Decano y a todos vosotros el precioso servicio que prestáis al ministerio petrino en materia de administración de justicia en la Iglesia.
Hoy
quisiera reflexionar con vosotros sobre un aspecto capital de este servicio,
aspecto al que he vuelto muchas veces, incluso con una serie de catequesis, es
decir, el tema del discernimiento. Me
propongo centrarme en ese discernimiento concreto que a usted le corresponde
realizar en el marco del proceso matrimonial, acerca de la existencia o no
de los motivos para declarar la nulidad de un matrimonio. Pienso en vuestro
juicio colegiado en la Rota, en el realizado por los tribunales colegiados
locales o, cuando esto no sea posible, por el juez único asistido quizás por
dos asesores, así como en el fallo emitido por el propio Obispo diocesano,
especialmente en pruebas más cortas, en consulta con el instructor y el
evaluador.
Se trata de
un tema siempre presente, que ha afectado también al ámbito de la reforma
implementada de los procesos de nulidad matrimonial, así como a la pastoral
familiar, inspirada en la misericordia hacia los fieles que se encuentran en
situaciones problemáticas. Por otra parte, la supresión de la exigencia de
doble cumplimiento de la pena en los casos de nulidad, la introducción del
proceso más corto ante el Obispo diocesano, así como el esfuerzo por agilizar y
hacer más accesible el trabajo de los tribunales, no deben ser mal entendido y
la necesidad de servir a los fieles con un ministerio que les ayude a
comprender la verdad sobre su matrimonio nunca debe fallar.
Es un
servicio, es un servicio que damos. Como dije en el preámbulo del Motu proprio
Mitis iudex Dominus Iesuss, se trata de
favorecer «no la nulidad de los matrimonios, sino la celeridad de los juicios,
no menos que una correcta sencillez, de modo que, debido a la tardía
definición del juicio, el corazón de los fieles que esperan el esclarecimiento
de su situación no se ve oprimido por mucho tiempo por las tinieblas de la
duda".
Por eso,
siguiendo los pasos de mis Antecesores, quise «que las causas de nulidad del
matrimonio sean tramitadas por la vía
judicial, y no administrativa, no porque la naturaleza de la materia lo
imponga, sino por la necesidad de proteger el grado más alto de la nulidad del
matrimonio». de verdad del vínculo sagrado: y esto está precisamente asegurado
por las garantías del orden judicial".
Al mismo
tiempo, haber subrayado la importancia de la misericordia en la pastoral
familiar, como lo hice en particular con la exhortación apostólica Amoris
laetitia [Cfr. Capítulo 8], no disminuye nuestro compromiso de buscar justicia
en las causas de nulidad. Al contrario, precisamente a la luz de la
misericordia, hacia las personas y sus conciencias, es importante el
discernimiento judicial sobre la nulidad. Tiene un valor pastoral insustituible
y se integra armoniosamente en la pastoral general debida a las familias. Se
cumple así lo dicho por Santo Tomás de Aquino: «La misericordia no quita la justicia, sino que es plenitud de justicia»
[Summa Theologiae, I, q. 21, a. 3, ad 2. cfr Esort. ap. postsin. Amoris
laetitia, 311.].
Como bien
sabes por tu experiencia, la tarea de juzgar muchas veces no es fácil. Alcanzar
la certeza moral sobre la nulidad, superando la presunción de validez en el
caso concreto, implica completar un discernimiento al que se ordena todo el
proceso, especialmente la investigación. Este discernimiento constituye una
gran responsabilidad que la Iglesia os confía, porque influye fuertemente en la
vida de las personas y de las familias. Debemos afrontar esta tarea con
valentía y claridad, pero, ante todo, es crucial contar con la luz y la fuerza
del Espíritu Santo. Queridos jueces, sin
oración no se puede ser juez.
Si alguien no reza, por favor renuncie, es lo
mejor. En el Ad sumus,
la hermosa invocación al Paráclito que se recita en las reuniones de tu
Tribunal, se dice: «Estamos aquí ante ti, Espíritu Santo, estamos todos
reunidos en tu nombre. Ven a nosotros, ayúdanos, desciende a nuestros
corazones. Enséñanos lo que debemos hacer, muéstranos el camino a seguir todos
juntos. No permitas que la justicia sea
violada por nosotros pecadores, no permitas que la ignorancia nos extravíe,
no permitas que la simpatía humana nos haga parciales, porque en ti somos una
sola cosa y en nada nos desviamos de la verdad." Recordemos siempre esto: el discernimiento se hace "de rodillas"
- y un juez que no sabe ponerse de rodillas más vale que renuncie - implorando
el don del Espíritu Santo: sólo así podremos llegar a decisiones que van en
dirección al bien de las personas y de toda la comunidad eclesial.
La objetividad del discernimiento judicial
exige entonces estar libre de cualquier prejuicio, tanto a favor como en contra
de la declaración de nulidad. Esto implica liberarnos tanto del rigorismo de quienes exigen certeza
absoluta como de una actitud inspirada en la falsa creencia de que la mejor
respuesta es siempre la nada, lo que San Juan Pablo II llamó el «riesgo de una compasión mal entendida
[…], sólo aparentemente pastoral". En realidad - prosiguió el Papa -
"los caminos que se desvían de la justicia y de la verdad acaban
contribuyendo a distanciar a los hombres de Dios, obteniendo el resultado contrario
al buscado de buena fe" [Discurso a la Rota Romana, 18 enero 1990, n. 5.].
El discernimiento del juez requiere dos grandes
virtudes: la prudencia y la justicia, que deben estar informadas por la caridad. Existe una íntima conexión entre
prudencia y justicia, ya que el ejercicio de la prudencia iuris apunta a saber
lo que es correcto en el caso concreto. Una prudencia, por tanto, que no se
trata de una decisión discrecional, sino de un acto declarativo sobre la
existencia o no del bien del matrimonio; por tanto, una prudencia jurídica que,
para ser verdaderamente pastoral, debe ser justa. El recto discernimiento implica un acto de caridad pastoral,
incluso cuando la sentencia sea negativa. Y también un riesgo.
El
discernimiento sobre la validez del vínculo es una operación compleja, respecto
de la cual no debemos olvidar que la interpretación del derecho eclesiástico
debe hacerse a la luz de la verdad sobre el matrimonio indisoluble, que la
Iglesia salvaguarda y difunde en su predicación y su misión. Como enseñó
Benedicto XVI, «la interpretación del derecho canónico debe realizarse en la
Iglesia. No se trata de una mera circunstancia ambiental externa: es un
recordatorio del mismo humus del derecho canónico y de las realidades que éste
regula. Sentire cum Ecclesia tiene
sentido también en la disciplina, debido a los fundamentos doctrinales que
están siempre presentes y operativos en las normas jurídicas de la
Iglesia" [Discurso a la Rota Romana, 21 de enero 2012].
Esto es lo que os pido, jueces: que escuchen
con la Iglesia. Y
os pregunto a cada uno de vosotros: ¿oráis para sentir con la Iglesia? ¿Eres
humilde en la oración, pidiendo luz al Señor, para sentir con la Iglesia?
Vuelvo a esto: la oración del juez es esencial para su tarea. Si un juez no
quiere o no puede orar, es mejor que se vaya y haga otro trabajo.
Por último, quisiera recordaros que el
discernimiento sobre la nulidad se sustenta y garantiza en su carácter sinodal [Discurso a la Rota Romana, 27 de
enero 2022]. Cuando el tribunal es colegiado, como suele ser el caso, o cuando
hay un solo juez, pero consulta a los responsables, el discernimiento se
realiza en un clima de diálogo o discusión, en el que la franqueza y la escucha
mutua son fundamentales, para una solución común. busca la verdad. Es también
un estudio previo y serio. Como ya he dicho, en este servicio es esencial
invocar al Espíritu Santo, mientras nos esforzamos por utilizar todos los
medios humanos para determinar la verdad.
Por ello es importante que la investigación se
realice con cuidado, para no incurrir en un juicio apresurado y a priori, así como es necesario que, para
cumplir adecuadamente su munus, el juez cultive su formación permanente a
través del estudio. de jurisprudencia y de doctrina jurídica. A vosotros,
queridos auditores prelados, os corresponde tener una responsabilidad especial
al juzgar: por eso os recomiendo la docilidad al Espíritu Santo y la voluntad
de ser operadores de justicia en todas las circunstancias.
Encomiendo
vuestra labor a María Santísima, a Virgo prudentissima y al Speculum iustitiae,
y os bendigo de corazón. ¡Por favor no olviden orar por mí, porque este trabajo
no es fácil! A veces es divertido, pero no es fácil. Gracias.